Cooperación Descentralizada: para proyectos de acción humanitaria 2021
Organismo: Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo.
Estado: Abierto el plazo de presentación de solicitudes.
Descripción
Objeto
El objeto de la presente Resolución es convocar, para el ejercicio 2021, las ayudas reguladas por el Decreto 90/2019, de 18 de junio, (BOPV nº 120, de 26 de junio de 2019), en la modalidad de ayudas a proyectos de acción humanitaria, dirigidas a las poblaciones que sufren crisis humanitarias en contextos de conflictos y otras situaciones de violencia, identificados mediante estándares internacionales utilizados en el ámbito humanitario.
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Dotación presupuestaria
6.000.000 euros
Prestación económica
Regulada en el artículo 2 de la Resolución de 9 de marzo de 2021, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se convocan ayudas a proyectos de acción humanitaria con cargo a la cooperación para el desarrollo para el ejercicio 2021.
Modalidad proyectos de acción humanitaria (PRE): 6.000.000 €
A quién va dirigido
Entidades sin ánimo de lucro
La presente convocatoria se dirige a las entidades o agrupaciones de entidades que cumplan con los requisitos referentes a:
a) la inscripción en el Registro de Agentes de Cooperación para el Desarrollo de la CAE;
b) la mención en sus estatutos a la finalidad de realizar proyectos de acción humanitaria o la acreditación de que existe un trabajo en el ámbito previo y continuado durante un mínimo de dos años;
c) contar con un plan estratégico de acción humanitaria, en el caso de solicitar una ayuda para una estrategia de acción humanitaria.
(Más información en el artículo 5 del Decreto 90/2019)
La intervención para las que se solicite una ayuda deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) iniciarse en el ejercicio presupuestario de la convocatoria;
b) tener una duración máxima de 12 meses para los proyectos de acción humanitaria (PRE) y de 24 meses para estrategias de acción humanitaria (EHE)
c) contar con la participación de una socia local. La socia local, o socias en caso de agrupaciones, deberán tener personalidad jurídica constituida y no haber sido sancionada administrativa ni penalmente. En caso de agrupaciones cada una de las integrantes deberá asumir la responsabilidad solidaria de la ejecución y justificación de la intervención.
d) incluir acciones de fortalecimiento de las organizaciones humanitarias para un mejor acompañamiento a las personas afectadas por las crisis y acciones de testimonio, denuncia e incidencia para sensibilizar a la ciudadanía vasca sobre las causas que generan dichas crisis, en el caso de solicitar una ayuda para una estrategia de acción humanitaria.
(Más información con el artículo 6 del Decreto 90/2019)
Información de contacto
Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo
Portal de Castilla, 15 – 01007, Vitoria-Gasteiz
Consultas generales: Miren García Bueno
me-garciabueno@elankidetza.eus
945 01 78 53
Consultas técnicas: Pilar Diez Arregi
mp-diezarregui@elankidetza.eus
945 01 55 16
Para mayor información: EUSKADI.